miércoles, 27 de marzo de 2013

Uagrm otorgará títulos técnicos intermedios

Los estudiantes de la Universidad Autónoma Gabriel René Moreno (Uagrm) que hayan cumplido cuatro semestres o dos años de estudios podrán acceder al título de técnico medio, según la Resolución Rectoral 108/13, aprobada por el rector Saúl Rosas.

La medida también establece que los estudiantes que cursen seis semestres o tres años podrán tramitar su título de técnico superior.

Rosas explicó que el objetivo de esta normativa es resolver el problema de la deserción de alumnos, pues los registros señalan que del 90% de los que ingresan a la Uagrm apenas un 10% logra titularse.

Para Rosas, esta deserción no solo representa un desperdicio económico para la Gabriel René Moreno sino también una frustración para los estudiantes y sus familias. “Resulta que a la mitad de la carrera muchos jóvenes dejan la universidad porque tienen que trabajar. Nuestro objetivo es dar un título profesional intermedio para que el alumno pueda trabajar en mejores condiciones”, expresó el rector.

“Vamos a aumentar significativamente el número de titulados de la universidad, porque no es posible que los alumnos se vayan con las manos vacías”, acotó Rosas. Esto significa, por ejemplo, que un alumno de Derecho al completar su tercer año de estudio recibirá su título de procurador.

Reglamentación

El vicerrector Osvaldo Ulloa dijo que el cumplimiento de esta resolución es obligatorio para todas las facultades y que en breve se aprobará la reglamentación respectiva para que empiece a ser aplicada

El Procedimiento

Algunos artículos de la resolución

1 Art. 2. Al solicitar el título profesional el estudiante debe adjuntar las certificaciones de vencimiento de los cuatro semestres (o dos años) para que se le otorgue el título de técnico medio. Para el título de técnico superior presentará el certificado de vencimiento del sexto semestre y/o tres años.

2 Art. 3. El Departamento de Títulos, una vez recibida la solicitud remitirá el trámite a la facultad respectiva, para que el decano remita a su vez al Rectorado la documentación.





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